Nuevas normativa para mejorar la transparencia y previsibilidad de las condiciones laborales

08/09/2026

El reciente Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros introduce importantes cambios en las condiciones laborales, alineándose con la Directiva (UE) 2019/1152, que busca garantizar condiciones laborales más transparentes y previsibles en toda la Unión Europea. Esta normativa es fundamental para mejorar la claridad en las relaciones laborales y mitigar la precariedad mediante el acceso a información más completa y accesible para todos los trabajadores, incluyendo a aquellos con discapacidad.

Información esencial del contrato

El nuevo marco legal establece un conjunto mínimo de información que debe incluirse en los contratos laborales. Entre los aspectos que deben ser comunicados se encuentran la fecha de inicio y, cuando sea aplicable, la fecha de finalización del contrato, el centro de trabajo, las funciones desempeñadas, la categoría o grupo profesional, así como la retribución correspondiente.

Adicionalmente, se requiere detallar la duración y distribución de la jornada laboral, las posibles modificaciones en las condiciones, las horas extraordinarias y su compensación, las vacaciones y las normas que regulan la distribución irregular del tiempo de trabajo.

Asimismo, la información contractual deberá incluir las condiciones del periodo de prueba, el derecho a la formación, el convenio colectivo aplicable, el procedimiento para la extinción del contrato y las circunstancias bajo las cuales se pueden modificar las condiciones esenciales del mismo.

Los trabajadores que ya cuenten con un contrato vigente y no dispongan de la información requerida podrán solicitarla a su empresa, la cual tendrá un plazo máximo de 30 días para proporcionarla.

Transparencia sobre los algoritmos

El Real Decreto también introduce un nuevo derecho que permite a los trabajadores conocer los sistemas algorítmicos utilizados para determinar cualquier condición laboral o para la extinción de la relación laboral. Esta disposición establece una obligación específica de informar cuando estas herramientas influyan en decisiones que afecten las condiciones laborales o la continuidad del contrato.

Servicios prestados en el extranjero

En el caso de que el trabajo se realice en otro país, la empresa deberá proporcionar información adicional antes del desplazamiento. Esta información incluirá el país donde se prestará el servicio, la duración del mismo, la moneda en la que se pagará la remuneración, las retribuciones en efectivo o en especie, la compensación por gastos, las dietas y, si es pertinente, los detalles sobre la repatriación.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social se encargará de elaborar y poner a disposición de las empresas y trabajadores modelos informativos sobre los elementos esenciales del contrato en un plazo máximo de 20 días, coincidiendo con la entrada en vigor de esta norma.

Reglas específicas para la pesca

El Real Decreto también establece obligaciones específicas para los trabajadores del sector pesquero. En los contratos de pesca, se deberán incluir datos como la identificación del armador, del trabajador y del buque, las rutas previstas, el lugar y la fecha de incorporación a bordo, el salario, la jornada laboral, los períodos de descanso, así como la cobertura sanitaria y de Seguridad Social, y el derecho de repatriación.

Los pescadores tendrán la opción de solicitar asesoramiento legal al momento de firmar el contrato, el cual deberá permanecer a bordo y estar disponible para las autoridades, salvo en el caso de ciertos buques de menos de 24 metros de eslora.

En resumen, esta normativa amplía la información que deben recibir los trabajadores y establece reglas específicas para ciertos sectores, con el fin de fortalecer la transparencia y previsibilidad de las condiciones laborales.

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