El Supremo aclara la legitimación de los herederos en la hipoteca inversa

08/09/2026

El Supremo resuelve, paso a paso, la legitimación de los herederos frente a una hipoteca inversa

Un litigio familiar por una hipoteca inversa ha llegado hasta el Tribunal Supremo. El caso aclara la legitimación de los herederos para impugnar este tipo de contrato.

2010: la firma de la hipoteca inversa

Un matrimonio suscribió, el 30 de noviembre de 2010, un contrato de crédito con garantía hipotecaria con una entidad bancaria, actualmente Kutxabank, S.A. El padre falleció en octubre de 2016, y la madre, en abril de 2019.

La demanda: la legitimación de los herederos en juego

Tras el fallecimiento de ambos, sus cuatro hijos demandaron a la entidad. Pedían, con carácter principal, la nulidad absoluta del contrato por ausencia de su propio consentimiento como herederos, o por vicio en el de sus padres.

De forma subsidiaria, reclamaban la nulidad por cláusulas abusivas. También solicitaban, subsidiariamente, una indemnización y la nulidad de la cláusula de intereses de demora.

2020: la sentencia de primera instancia

El Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Valladolid solo declaró la nulidad de la cláusula de intereses de demora, allanada por el propio banco. Desestimó el resto de las pretensiones.

2021: la Audiencia Provincial matiza el fallo

La Audiencia Provincial de Valladolid estimó en parte el recurso. Declaró además nula, por abusiva, la parte de la cláusula tercera que permitía capitalizar los intereses remuneratorios.

Mantuvo, sin embargo, la validez del tipo de interés fijo del 6,50 % pactado en esa misma cláusula. Los demandantes recurrieron entonces ante el Tribunal Supremo.

El recurso de infracción procesal, desestimado

El recurso extraordinario por infracción procesal planteaba cinco motivos, todos ellos rechazados. El Tribunal recuerda que la casación no permite una nueva valoración de la prueba practicada en instancias previas.

La legitimación de los herederos, primer motivo de casación

El primer motivo de casación denunciaba la falta de consentimiento de los demandantes sobre la hipoteca inversa suscrita por sus padres. El Tribunal Supremo lo rechaza.

Explica que los hijos no eran parte en el contrato. Añade que no ostentaban, a la fecha de la firma, la condición de herederos, que solo se adquiere con el fallecimiento del causante.

Así, el Tribunal Supremo niega la legitimación de los herederos para instar la nulidad de la hipoteca inversa por falta de su propio consentimiento.

La cláusula del interés retributivo y la integración del contrato

El Tribunal Supremo sí estima los motivos referidos a la cláusula tercera. Considera que toda ella, y no solo la parte del anatocismo, carece de transparencia.

Advierte que la solución de la Audiencia equivalía a una integración del contrato no permitida. Así lo exige la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestima el recurso por infracción procesal y estima en parte la casación. Declara la nulidad total de la cláusula tercera, quedando el préstamo sin interés remuneratorio.

Impone las costas de primera instancia al banco, dada la condición de consumidores de los demandantes.

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